Me devolverán renta este año 2013?




Esta pregunta se hacen muchas personas, y les explico brevemente:


La reforma que inicio el 1 de enero de 2012 aplicaba para asalariados (empleados con dependencia laboral), a ellos no se les devolverá renta (en teoría) porque las tablas de retención fueron reformadas para descontar exactamente la parte del periodo, es por ello que no hay devoluciones, ( y si hay son variaciones de $0.55 a $1.10  generalmente)




Si usted en una persona que esta por Honorarios o servicios ( de su pago no le descuenta ISSS, AFP solo el 10% de renta), es muy probable que le devuelvan exceso de retención de impuesto sobre la renta descontada en el año.

Ademas puede entrar a este enlace, crear su usuario y revisar sus datos para conocer cuanto le devolverán:










Preguntas Frecuentes


  • Estoy obligado a llevar contabilidad formal con sistema contable?
Solamente si su total de activos en mayor a $12,000.00 
(Art. 435, 436,437 Código de Comercio y Art. 139 Código tributario)


  • Estoy obligado a nombrar auditor para dictamen fiscal?
Si en el año anterior a dictaminar el total de activos fue $114,285.71  ó si sus ingresos en el año anterior a dictaminar fueron mayores a $57,142.86.
(Art. 131 Codigo Tributario)



  • Cuales son los requisitos mínimos para ser contribuyente?
Haber tenido en el año anterior un total de ventas igual o mayor  a $5,714.29 sean gravadas o exentas o también tener un activo mayor o igual $2,285.71  pero si alguna persona esta interesada en ser contribuyente  puede hacerlo cumpliendo con requisitos específicos que la Dirección General de Impuesto establezca.
(Art. 28 ley del IVA El Salvador)



  • Cuales son los datos básicos en el registro de contribuyente?
Nombre del contribuyente, numero de registro de contribuyente, numero de identificación tributaria, dirección de local principal, nombre comercial del establecimiento, actividad económica.
(Art. 87 Codigo Tributario)